
- CIE (Boletín de Industria)
- Para poder llevar a cabo la revisión de la instalación y poderte conectar, necesitamos que nos solicites la conexión
- En los casos de <100 Kw que se conectan en Media Tensión, debes tener en cuenta el criterio de máxima tensión homopolar 59N y tienes que incluir los esquemas desarrollados de protección y control y las pruebas de función 59N sobre el relé que la embarque.
- Proyectos de tus instalaciones: necesitamos que nos envíes esquemas desarrollados de las protecciones y elementos de medida.
- Documentación administrativa previa a la puesta en servicio: contrato técnico de acceso, contrato técnico de mantenimiento, instalaciones de un tercero, contrato de servicios auxiliares, autorización administrativa, acta de puesta en marcha y autorización de la configuración singular de la medida por parte de la autoridad competente.
- Documentación específica de ejecución y puesta en servicio que te detallaremos cuando te enviemos la solución de acceso y conexión.
Información de las instalaciones de tu propiedad:
- Contrato de servicios auxiliares (tienes que gestionarlo con tu empresa comercializadora)
- Procedimiento de explotación
- Contrato técnico de acceso (te lo facilitaremos nosotros)
- Acta de puesta en marcha de tus instalaciones
- Pólizas de seguros
- Información de protecciones (línea y subestaciones y estudio de ajustes de protecciones).
En caso de que tu conexión sea con posición dedicada en una nueva subestación o cuando ejecutes la obra de extensión, también nos tienes que remitir la siguiente información:
- Proyecto, incluyendo:
- Ingeniería básica
- Proyecto oficial visado por el Colegio Profesional, con la verificación concreta del cumplimiento de todas las condiciones reglamentarias establecidas por la legislación, separata civil o proyecto básico, separatas de organismos y medioambiente (si aplica).
- Proyectos constructivos civiles, electromecánicos, de control y protección, comunicaciones, medidas, protección contra incendios y seguridad.
- En caso de tramos subterráneos, cálculo específico de la instalación resultante de la capacidad de transporte del cable, para poder verificar su validez en el conjunto de la red.
- Tramitaciones
- Obra: plan de obra, obra civil, montaje electromecánico y ensayos, tal como te especificamos en nuestra web.
Legislación vigente
- Real Decreto Ley 23/2020
- Ley del Sector eléctrico 24/2013 de 26 de diciembre
- Real Decreto Ley 15/2018
- Real Decreto 1955/2000
- Real Decreto 1110/2007 (Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico)
- El Real Decreto 1699/2011 aplica a:
- Todas las tecnologías en Baja Tensión con Potencia hasta 100 kW
- Cogeneración, biogás y biomasa hasta 1000 MW y Tensión hasta 36 kV
- El Real Decreto 413/2014 aplica a:
- Todas las tecnologías con Potencia de más de 100 kW o menor de 100 kW y tensión superior a 1 kV (excepto cogeneración, biogás y biomasa)
- Cogeneración, biogás y biomasa de más de 1000 MW o Tensión superior a 36 kV
- El Real Decreto 244/2019 aplica si eres autoconsumo