• CIE (Boletín de Industria)
  • Para poder llevar a cabo la revisión de la instalación y poderte conectar, necesitamos que nos solicites la conexión
  • En los casos de <100 Kw que se conectan en Media Tensión, debes tener en cuenta el criterio de máxima tensión homopolar 59N y tienes que incluir los esquemas desarrollados de protección y control y las pruebas de función 59N sobre el relé que la embarque.
  • Proyectos de tus instalaciones: necesitamos que nos envíes esquemas desarrollados de las protecciones y elementos de medida.
  • Documentación administrativa previa a la puesta en servicio: contrato técnico de acceso, contrato técnico de mantenimiento, instalaciones de un tercero, contrato de servicios auxiliares, autorización administrativa, acta de puesta en marcha y autorización de la configuración singular de la medida por parte de la autoridad competente.
  • Documentación específica de ejecución y puesta en servicio que te detallaremos cuando te enviemos la solución de acceso y conexión.

Información de las instalaciones de tu propiedad:

  • Contrato de servicios auxiliares (tienes que gestionarlo con tu empresa comercializadora)
  • Procedimiento de explotación
  • Contrato técnico de acceso (te lo facilitaremos nosotros)
  • Acta de puesta en marcha de tus instalaciones
  • Pólizas de seguros
  • Información de protecciones (línea y subestaciones y estudio de ajustes de protecciones).

En caso de que tu conexión sea con posición dedicada en una nueva subestación o cuando ejecutes la obra de extensión, también nos tienes que remitir la siguiente información:

  • Proyecto, incluyendo:
    • Ingeniería básica
    • Proyecto oficial visado por el Colegio Profesional, con la verificación concreta del cumplimiento de todas las condiciones reglamentarias establecidas por la legislación, separata civil o proyecto básico, separatas de organismos y medioambiente (si aplica).
    • Proyectos constructivos civiles, electromecánicos, de control y protección, comunicaciones, medidas, protección contra incendios y seguridad.
    • En caso de tramos subterráneos, cálculo específico de la instalación resultante de la capacidad de transporte del cable, para poder verificar su validez en el conjunto de la red.
  • Tramitaciones
  • Obra: plan de obra, obra civil, montaje electromecánico y ensayos, tal como te especificamos en nuestra web.

Legislación vigente

  • El Real Decreto 1699/2011 aplica a: 
    • Todas las tecnologías en Baja Tensión con Potencia hasta 100 kW
    • Cogeneración, biogás y biomasa hasta 1000 MW y Tensión hasta 36 kV
  • El Real Decreto 413/2014 aplica a:
    • Todas las tecnologías con Potencia de más de 100 kW o menor de 100 kW y tensión superior a 1 kV (excepto cogeneración, biogás y biomasa)
    • Cogeneración, biogás y biomasa de más de 1000 MW  o Tensión superior a 36 kV
  •  El Real Decreto 244/2019 aplica si eres autoconsumo