Antes de empezar, consulta la capacidad de acceso para generación en nuestras subestaciones

Ver datos capacidad

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Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis suministros del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentos que te especificamos.
  • Recuerda que para que el proceso de solicitud sea válido, la solicitud debe ajustarse en todo momento a los requisitos legales.
  • No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí

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Te comunicamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud
    teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • No olvides que tu instalación debe cumplir con la legislación, los reglamentos y la documentación técnica vigente.
  • Te enviaremos la propuesta previa.
  • Te enviaremos las condiciones económicas.
  • En caso de que te lo hayamos solicitado, ya puedes realizar el pago.
  • En algunos casos, puede que te tengamos que solicitar la siguiente documentación antes de revisar tu instalación:
    • El CIE
    • La revisión del informe 59N (para los casos de Media Tensión)
    • La solicitud de conexión
  • Los permisos de acceso y conexión se otorgan una vez aceptadas las condiciones técnicas.

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Te conectamos

  • Una vez la hayamos revisado, podrás conectar tu instalación.
  • No olvides que tendrás que gestionar:
    • el contrato técnico con UFD o tu distribuidora.
    • el contrato de acceso con tu comercializadora.

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Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis suministros del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentos que te especificamos.
    • En caso de que la instalación lo requiera según la legislación actual, Red Eléctrica de España nos tiene que confirmar el acceso a la red de transporte.
  • Recuerda que para que el proceso de solicitud sea válido, la solicitud debe ajustarse en todo momento a los requisitos legales.
  • No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí

2

Te comunicamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud
    teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • Te enviaremos la propuesta previa.
  • Te enviaremos las condiciones económicas.
  • Ya puedes realizar el pago.
  • Y nos pondremos en marcha para ejecutar las obras.
  • Los permisos de acceso y conexión se otorgan una vez aceptadas las condiciones técnicas.

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Te conectamos

  • Cuando las obras estén finalizadas, revisaremos la instalación de medida, te daremos el código CUPS y autorizaremos tu conexión.
  • Ahora contacta con la empresa comercializadora que elijas y firma el contrato de servicios auxiliares. Tienes un listado de las comercializadoras en www.cnmc.es

Puedes seguir adelante con tu solicitud.

Solicitar una conexión de generación

Ten en cuenta que...

El RDL 23/2020 ha establecido un mecanismo de caducidad para los expedientes que cuenten con los permisos de acceso y conexión ya concedidos.

En el caso de que tu expediente ya tenga los permisos concedidos, puedes consultar su fecha de emisión en el área privada y realizar tus gestiones.

Además, recuerda que debes cumplir los requerimientos y obligaciones que exige la legislación vigente para poder conectar tu instalación.

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¿No te queda claro algún concepto?

Consulta nuestro glosario de términos

Legislación vigente

  • El Real Decreto 1699/2011 aplica a: 
    • Todas las tecnologías en Baja Tensión con Potencia hasta 100 kW
    • Cogeneración, biogás y biomasa hasta 1000 MW y Tensión hasta 36 kV
  • El Real Decreto 413/2014 aplica a:
    • Todas las tecnologías con Potencia de más de 100 kW o menor de 100 kW y tensión superior a 1 kV (excepto cogeneración, biogás y biomasa)
    • Cogeneración, biogás y biomasa de más de 1000 MW  o Tensión superior a 36 kV
  •  El Real Decreto 244/2019 aplica si eres autoconsumo
  • El Real Decreto 1183/2020,  de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica