Tarifa de aplicación a los consumidores conectados en baja tensión y con potencia contratada menor o iguala 10 kW que contraten el suministro con un comercializador de último recurso. Están regulados por el Gobierno.
Aval
Para aquellos expedientes con una potencia superior a XX kW es obligatorio presentar un aval por una cuantía de 40€/kW. Recuerda que es necesario que nos presentes también el documento que acredite que lo has presentado el resguardo ante el órgano competente para otorgar la autorización administrativa. La cantidad avalada tiene que cubrir la potencia solicitada.