Diferencia de potencial eléctrico que tiene que existir entre los bornes de conexión o entre dos partes activas de una instalación, para que la corriente eléctrica circule por dicha instalación.
Aval
Para aquellos expedientes con una potencia superior a XX kW es obligatorio presentar un aval por una cuantía de 40€/kW. Recuerda que es necesario que nos presentes también el documento que acredite que lo has presentado el resguardo ante el órgano competente para otorgar la autorización administrativa. La cantidad avalada tiene que cubrir la potencia solicitada.