Nova conexión de rede

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Solicita a nova subministración

No apartado As miñas conexións á rede de a  Área privada poderás solicitar a túa nova subministración.

Que datos imos pedirche?

  • Datos persoais: nome, NIF/NIE, correo electrónico e teléfono.
  • En caso de ser unha empresa: razón social, NIF, correo electrónico e teléfono.
  • Datos do punto de subministración: nivel de tensión, capacidade de acceso solicitada e identificación da localización da instalación.
  • Indicación da necesidade de orzamento de extensión.
Lembra que para que o proceso de solicitude sexa válido, esta debe axustarse en todo momento aos requisitos legais.

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Envía a información requirida

Para que a solicitude sexa admitida a trámite, imos necesitar información adicional que establece a regulación, polo que che informaremos de todo o que debes enviar. No caso de que atopemos erros na documentación, poderás emendalo segundo o previsto na normativa.

Poderás enviarnos a información a través da nosa plataforma dixital de servizos.

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Acepta as condicións técnicas e económicas

Cando estudásemos a túa solicitude, enviarémosche  as condicións técnicas e económicas da obra para realizar para poder conectar a subministración, indicándoche os traballos que temos que realizar nós e os que poderás realizar a través de un instalador especializado.

Unha vez aceptes as condicións e realices o pago, poñerémonos ao choio.

 

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Elixe unha comercializadora, contrata e goza do servizo

Cando acabemos os traballos, avisarémosche de que a túa instalación está lista e informarémosche do CUPS (Código Universal do Punto de Subministración), que é imprescindible para contratar a subministración eléctrica.

Por último, elixe unha empresa comercializadora (poderás atopalas na web da CNMC), asina o contrato e goza da subministración eléctrica.

Ten en conta que...

Para poder conectar a túa instalación debes cumprir los requerimientos e obligacións que esixe a lexislación vixente.

Para subministracións eventuais debes solicitalo a través de noso teléfono gratuíto 900111999

Que tipos de subministracións podes solicitar?

Uso residencial
  • Vivienda unifamiliar subministración para unha única vivenda, illada ou dentro dunha localidade.
  • Bloque de pisos: subministración para edificios de varias vivendas. Un único expediente para todo o edificio. Non se debe utilizar esta tipoloxía para solicitar novas subministracións en edificios existentes.
  • Grupo de viviendas unifamiliares: subministración para varias vivendas unifamiliares. Un único expediente polo total das vivendas.
  • Suministros en edificios existentes: subministración para unha vivenda nun edificio no que xa existen outras subministracións.
Uso non residencial
  • Edificio de oficinas: subministración para edificios de varias oficinas. Un único expediente para todo o edificio. Non se debe utilizar esta tipoloxía para solicitar novas subministracións en edificios existentes.
  • Uso comercial: calquera subministración de uso terciario (tendas, hoteis etc.).
  • Subministración industrial (unha subministración): unha única subministración para nave de uso industrial.
  • Suministro industrial (varias subministracións): subministración para varias naves de uso industrial. Realiza unha única solicitude para todas as naves.
  • Uso agrícola: subministracións para regas, iluminación, casetas de apeiros de labranza dunha leira non residencial nin industrial.
Garantía especial

Subministración complementaria asociada a unha subministración principal xa existente ou xerado ao mesmo tempo na mesma leira que se solicita para asegurar a continuidade ou seguridade da subministración para poder dispoñer dunha segunda alimentación. En función da porcentaxe da potencia contratada da subministración principal e da subministración complementaria será ;

  • de socorro: se a potencia que se solicita está entre o 15% e o 24% da potencia da subministración principal.
  • de reserva: se a potencia requirida é igual ou maior do 25% e menor do 50% da potencia da subministración principal.
  • de duplicado: se a potencia que se solicita é igual ou maior do 50% da potencia da subministración principal.
Subministración de obra
Subministración provisional e temporal de obras de construción, para a execución de novos edificios, traballos de reparación, modificación, extensión ou demolición de edificios existentes, traballos de escavación ou traballos similares.
Novo desenvolvemento urbanístico
Subministración para zona a urbanizar que implica un cambio de uso catastral e que se dota de servizos segundo un proxecto de urbanización.
Recarga de vehículo eléctrico
Subministración destinada a unha infraestrutura para recárgaa dun vehículo eléctrico.
Subministración na vía pública
Subministración de carácter permanente situado directamente na vía pública para alimentar calquera tipo de mobiliario urbano que precise de conexión á rede eléctrica, por exemplo, iluminacións públicas, semáforos, marquesiñas de paradas de autobús, monumentos, fontes, postes publicitarios, paneis informativos, reloxos ou termómetros, aseos públicos, puntos de información turística, casetas de lotería ou vixilancia, quioscos de calquera tipo (prensa etc…), postos de alimentación (xeados, churros etc…), nodos ou equipos de comunicacións (fibra, sabre TV, telefonía etc…), pórticos de estradas ou autoestradas e, en xeral, calquera tipo de mobiliario urbano que precise de conexión á rede eléctrica.
Subministracións eventuais

Subministración de carácter temporal para eventos como feiras, verbenas, escenarios para orquestras, carpas, mercados non permanentes (medievais, de artesanía,…), iluminacións festivas de rúas, e manifestacións análogas.

A duración dunha subministración eventual é de ata 2 meses e tes que facer a solicitude cunha antelación de 40 días.

Para solicitalo debes facelo a través do noso teléfono gratuíto a través de nuestro teléfono gratuito 900 111 999.

Coñece os custos para conectarche á rede ou ampliar a túa potencia

Sempre que solicites o alta dunha nova subministración de electricidade, reactives un existente ou amplíes a túa potencia eléctrica, tes que pagar os denominados dereitos de acometida, de enganche, de verificación das instalacións e de actuación nos equipos de medida e control, que están regulados polo Real Decreto 1048/2013, do 27 de decembro (artigos 24, 25 e 29).. Leer más

Lexislación vixente

A continuación podes atopar unha lista con parte da lexislación aplicable.

  • Real Decreto 1955/2000,
    do 1 de decembro, polo que se regulan as actividades de transporte, distribución, comercialización, subministración e procedementos de autorización de instalacións de enerxía eléctrica.
  • Real Decreto 1110/2007, do 24 de agosto, polo que se aproba o Regulamento unificado de puntos de medida do sistema eléctrico.
  • Real Decreto 1183/2020, do 29 de decembro, de acceso e conexión ás redes de transporte e distribución de enerxía eléctrica.
  • Real Decreto 1048/2013>, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.
  • Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
  • Circular CNMC 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.

Normativa de UFD aplicable

A continuación podes atopar unha listaxe con parte da normativa aplicable.

Modificar a miña subministración

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Solicita la modificación

En el apartado Mis conexiones a la red del Área privada podrás modificar la potencia de tus suministros.

¿Qué datos vamos a pedirte?

  • Datos personales: nombre, NIF/NIE, correo electrónico y teléfono.
  • En caso de ser una empresa: razón social, NIF, correo electrónico y teléfono.
  • Datos del punto de suministro: código CUPS, capacidad de acceso solicitada e identificación de la ubicación de la instalación.
  • Indicación de la necesidad de presupuesto de extensión.

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Envía la información requerida

Para que la solicitud sea admitida a trámite, en algunas ocasiones vamos a necesitar información adicional que establece la regulación, por lo que te informaremos de todo lo que debes enviar. En caso de que encontremos errores en la documentación, podrás subsanarlo según lo previsto en la normativa.

Podrás enviarnos la información a través de la web.

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Acepta las condiciones técnicas y económicas

Cuando hayamos estudiado tu solicitud, te enviaremos las condiciones técnicaseconómicas.

Una vez aceptes las condiciones y realices el pago, nos pondremos manos a la obra

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Contrata y disfruta del servicio

Cuando acabemos los trabajos, te avisaremos para que puedas disfrutar de tu nueva potencia en tu punto de suministro.

¡Que disfrutes del servicio!

Lexislación vixente

A continuación podes atopar unha listaxe con parte da lexislación aplicable.
  • Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
  • Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.
  • Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
  • Real Decreto 1048/2013>, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica.
  • Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
  • Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
  • Circular CNMC 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.

Modificar o trazado dunha liña actual

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Solicita la modificación

En el apartado Mis conexiones a la red del Área privada podrás solicitar la modificación del trazado de una línea.

¿Qué datos vamos a pedirte?

  • Datos personales: nombre, NIF/NIE, correo electrónico, teléfono.
  • Datos de la línea a modificar.
  • Permisos de los particulares si proceden. Consulta los modelos de permisos.

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Envía la información requerida

Para estudiar tu solicitud, en algunas ocasiones vamos a necesitar información adicional sobre la línea, por lo que te informaremos de todo lo que necesitamos que nos envíes.

Podrás enviarnos la información a través de la web.

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Acepta las condiciones técnicas y económicas

Cuando hayamos estudiado tu solicitud, te enviaremos las condiciones técnicaseconómicas de la obra a realizar para hacer el desvío de la línea.

El estudio estará condicionado a la consecución de los permisos particulares asociados.

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Disfruta del cambio

Cuando acabemos los trabajos, te avisaremos de que la modificación de la instalación está lista y te informaremos de ello.

¡Esperamos que disfrutes de la modificación de línea!

Nueva conexión de xeneración

Antes de empezar, consulta a capacidade de acceso para xeración nas nosas subestacións
Ver datos capacidade
Desplegable con 3 columnas
+ Potencia ≤ 100 kW
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Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis conexiones a la red del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentos que te especificamos
  • Recuerda que para que el proceso de solicitud sea válido, la solicitud debe ajustarse en todo momento a los requisitos legales.
  • No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí
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Te comunicamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • No olvides que tu instalación debe cumplir con la legislación, los reglamentos y la documentación técnica vigente.
  • Te enviaremos la propuesta previa.
  • Te enviaremos las condiciones económicas.
  • En caso de que te lo hayamos solicitado, ya puedes realizar el pago.
  • En algunos casos, puede que te tengamos que solicitar la siguiente documentación antes de revisar tu instalación:
    • El CIE
    • La revisión del informe 59N (para los casos de Media Tensión)
    • La solicitud de conexión
  • Los permisos de acceso y conexión se otorgan una vez aceptadas las condiciones técnicas.
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Te conectamos

  • Una vez la hayamos revisado, podrás conectar tu instalación.
  • No olvides que tendrás que gestionar:
    • el contrato técnico con UFD o tu distribuidora.
    • el contrato de acceso con tu comercializadora.
+ Potencia > 100 kW
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Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis conexiones a la red del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentosque te especificamos
    • En caso de que la instalación lo requiera según la legislación actual,Red Eléctrica de España nos tiene que confirmar el acceso a la red de transporte.
  • Recuerda que para que el proceso de solicitud sea válido, la solicitud debe ajustarse en todo momento a los requisitos legales.
  • No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí
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Te comunicamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • Te enviaremos la propuesta previa.
  • Te enviaremos las condiciones económicas.
  • Ya puedes realizar el pago.
  • Y nos pondremos en marcha para ejecutar las obras.
  • Los permisos de acceso y conexión se otorgan una vez aceptadas las condiciones técnicas.
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Te conectamos

  • Cuando las obras estén finalizadas, revisaremos la instalaciónde medida, te daremos el código CUPS y autorizaremos tu conexión.
  • Ahora contacta con la empresa comercializadora que elijas y firma el contratode servicios auxiliares. Tienes un listado de las comercializadoras enwww.cnmc.es
Podes seguir adiante coa túa solicitude
Solicitar unha conexión de xeración

Ten en cuenta que...

El RDL 23/2020 ha establecido un mecanismo de caducidad para los expedientes que cuenten con los permisos de acceso y conexión ya concedidos.

En el caso de que tu expediente ya tenga los permisos concedidos, puedes consultar su fecha de emisión en el área privada y realizar tus gestiones.

Además, recuerda que debes cumplir los requerimientos y obligaciones que exige la legislación vigente para poder conectar tu instalación.

icono de un libro

¿No te queda claro algún concepto?

Consulta nuestro glosario de términos

Lexislación vixente

A continuación podes atopar unha lista con parte da lexislación aplicable.

  • El Real Decreto 1699/2011 aplica a: 
    • Todas las tecnologías en Baja Tensión con Potencia hasta 100 kW
    • Cogeneración, biogás y biomasa hasta 1000 kW y Tensión hasta 36 kV
  • El Real Decreto 413/2014 aplica a:
    • Todas las tecnologías con Potencia de más de 100 kW o menor de 100 kW y tensión superior a 1 kV (excepto cogeneración, biogás y biomasa)
    • Cogeneración, biogás y biomasa de más de 1000 kW  o Tensión superior a 36 kV
  •  El Real Decreto 244/2019 aplica si eres autoconsumo
  • El Real Decreto 1183/2020,  de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
  • Circular CNMC 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.

Nueva conexión de autoconsumo

Son un autoconsumidor
Como podo xestionar a miña solicitude de autoconsumo?

Que tipo de autoconsumo queres conectar?

Si quieres solicitar una conexión de autoconsumo

*Sin excedentes.

*O con excedentes, de potencia igual o inferior a 15 kW, que se ubique en suelo urbanizado y que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.

Terás que realizar a xestión coa administración correspondente e a túa comercializadora. Antes, non esquezas solicitar o teu Código de Autoconsumo (CAU) nesta mesma páxina.

Cando obteñas o CAU, terás que legalizar a túa instalación coa túa Comunidade Autónoma, unha vez legalizado, poderás iniciar os trámites de contratación coa túa comercializadora.

Se queres solicitar unha conexión de autoconsumo
Con excedentes, de potencia superior a 15 kW.
Con excedentes, de potencia igual ou inferior a 15 kW, que NON se sitúe en chan urbanizado e que conte coas dotacións e servizos requiridos pola lexislación urbanística.

Tu autoconsumo llevará asociado un proceso de acceso y conexión a la red con tu distribuidora. En caso de que seamos nosotros, puedes gestionarlo cómodamente registrándote en nuestra Área Privada.

Cuando obtengas el CAU, tendrás que legalizar tu instalación con tu Comunidad Autónoma, una vez legalizado, podrás iniciar los trámites de contratación con tu comercializadora.

Caja de Protección de Datos

Herramienta de autoconsumo

Conoce qué tipo de esquema de conexión y medida necesitas para tu autoconsumo en baja tensión.

Descúbrelo
Caja de Protección de Datos

Validador del fichero de coeficientes de reparto para autoconsumos

Esta herramienta te permitirá verificar si tu fichero de coeficientes de reparto para autoconsumos colectivos cumple con los requisitos de formato necesarios.

Accede al validador

Que é o CAU?

O Código de Autoconsumo (CAU) identifica de forma única o autoconsumo. Estará formado polo Código Universal do Punto de Subministración (CUPS) da túa subministración de consumo, con 22 caracteres, seguido do código A e tres ceros. A distribuidora é a encargada de facilitarcho e é necesario en todas as solicitudes de autoconsumo para rexistrar a túa instalación na túa Comunidade Autónoma. No noso caso, podes obtelo a través deste sinxelo formulario.

Que é o CIL?

O CIL é o código de liquidacións, que se utiliza para poder cuantificar e liquidar (cando procede) o excedente de enerxía que xera unha instalación. Estará formado polo Código Universal do Punto de Subministración (CUPS) de xeración, completándoo co código 001. A distribuidora será a encargada de facilitarcho cando finalice o trámite da túa solicitude de conexión. É necesario para liquidar os excedentes de produción naqueles casos nos que non exista compensación. Con todo, nós facilitarémoscho en todos os casos por se o necesitas no futuro.

 

Solicitar CIL

 

Comproba se a túa instalación vai necesitar acceso e conexión, e obtén o teu Código de Autoconsumo (CAU)

Enter your personal information

Proceso de acceso e conexión.

Desplegable con 3 columnas
+ Potencia ≤ 100 kW
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Imagen 1

Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis conexiones a la red del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación y potencia
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentos que te especificamos
  • Recuerda que para que el proceso de solicitud sea válido,la solicitud debe ajustarse en todo momento a los requisitos legales.
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Imagen 2

Te enviamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • No olvides que tu instalación debe cumplir con la legislación, los reglamentos y la documentación técnica vigente.
  • Te enviaremos el punto del acceso y conexión y las condiciones económicas (en caso de que las haya).
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Te comunicamos los permisos y ejecutamos las obras.

  • En caso de que sea necesario que ejecutemos alguna obra, te enviaremos el presupuesto y, una vez hayas realizado el pago, la ejecutaremos.
  • Antes de revisar tu instalación, te solicitaremos la siguiente documentación:
    • El CIE
    • La revisión del informe 59N (para los casos de Media Tensión)
    • La solicitud de conexión
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Revisamos la instalación y obtén la autorización.

  • Una vez la hayamos revisado, podrásconectar tu instalación.
  • Posteriormente, realizaremos el contrato técnico y te enviaremos el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación (CIL) y el informe del gestor.
  • Si eres autoconsumo con Potencia <=100 kW, deberásinscribir el autoconsumo en el correspondiente registro de tu comunidad autónoma.
  • No olvides que, una vez que hayas inscrito y legalizado tu instalación en tu comunidad autónoma, tendrás que comenzar los trámites de contratación con tu comercializadora.
+ Potencia > 100 kW
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Imagen 1

Realiza tu solicitud

  • Accede al apartado Mis conexiones a la red del Área Privada. ¡Regístrate!
  • Te pediremos los siguientes datos:
    • Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
    • Datos del tipo de instalación
    • Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
  • Envíanos los documentosque te especificamos
    • No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí
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Imagen 2

Te enviamos la propuesta previa y las condiciones económicas

  • Cuando validemos la documentación, estudiaremos la solicitud teniendo en cuenta las características de tu instalación.
  • En caso de que la instalación lo requiera según la legislación actual, Red Eléctrica de España nos tiene que confirmar el accesoa la red de transporte.Consulta la documentación necesaria
  • Te enviaremos la propuesta previa, que contendrá el puntode acceso y conexión y las condiciones económicas (en caso de que las haya).
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Imagen 5

Te comunicamos los permisos y ejecutamos las obras

  • Cuando aceptes el punto de acceso y conexiónque te hayamos propuesto, te enviaremos los permisos de tu instalación
  • En caso de que sea necesario que ejecutemos alguna obra, te enviaremos el presupuesto y, una vez hayas realizado el pago, la ejecutaremos.
  • Necesitamos que nos envíes el proyecto detallado de tu instalación.
  • Te comunicaremos la aprobación del proyecto.
  • Y nos pondremos en marcha para ejecutar las obras.
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Revisamos la instalación y obtén la autorización

  • Cuando las obras estén finalizadas, comprobaremos la documentación para la puesta en marcha, revisaremos la instalaciónde medida, las protecciones y autorizaremos tu conexión.
  • Además, realizaremos el contrato técnico de acceso, te enviaremos el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación (CIL), el informe de medidas y el informe del gestor.
  • En algunos casos, tendrás que firmar el contratode servicios auxiliares. A continuación, podrás contactar con la empresa comercializadoraque elijas. Tienes un listado de las comercializadoras enwww.cnmc.es
Podes seguir adiante coa túa solicitude
Solicitar unha conexión de xeración

Ten en cuenta que...

El RDL 23/2020 ha establecido un mecanismo de caducidad para los expedientes que cuenten con los permisos de acceso y conexión ya concedidos.

En el caso de que tu expediente ya tenga los permisos concedidos, puedes consultar su fecha de emisión en el área privada y realizar tus gestiones.

Además, recuerda que debes cumplir los requerimientos y obligaciones que exige la legislación vigente para poder conectar tu instalación.

Lexislación vixente

A continuación podes atopar unha lista con parte da lexislación aplicable.

  • El Real Decreto 1699/2011 aplica a: 
    • Todas las tecnologías en Baja Tensión con Potencia hasta 100 kW
    • Cogeneración, biogás y biomasa hasta 1000 kW y Tensión hasta 36 kV
  • El Real Decreto 413/2014 aplica a:
    • Todas las tecnologías con Potencia de más de 100 kW o menor de 100 kW y tensión superior a 1 kV (excepto cogeneración, biogás y biomasa)
    • Cogeneración, biogás y biomasa de más de 1000 kW  o Tensión superior a 36 kV
  •  El Real Decreto 244/2019 aplica si eres autoconsumo
  • El Real Decreto 1183/2020,  de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica
  • Circular CNMC 1/2024, de 27 de septiembre, por la que se establece la metodología y condiciones del acceso y de la conexión a las redes de transporte y distribución de las instalaciones de demanda de energía eléctrica.