Soy un autoconsumidor
¿Cómo puedo gestionar mi solicitud de autoconsumo?
¿Qué tipo de autoconsumo quieres conectar?
Si quieres solicitar una conexión de autoconsumo
*Sin excedentes.
*O con excedentes, de potencia igual o inferior a 15 kW, que se ubique en suelo urbanizado y que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.
Tendrás que realizar la gestión con la administración correspondiente y tu comercializadora. Antes, no olvides solicitar tu Código de Autoconsumo (CAU) en esta misma página.
Cuando obtengas el CAU, tendrás que legalizar tu instalación con tu Comunidad Autónoma, y también podrás solicitar el contrato con tu comercializadora.
Si quieres solicitar una conexión de autoconsumo
*Con excedentes, de potencia superior a 15 kW.
*Con excedentes, de potencia igual o inferior a 15 kW, que NO se ubique en suelo urbanizado y que cuente con las dotaciones y servicios requeridos por la legislación urbanística.
Proceso de acceso y conexión
Ferramenta de autoconsumo
Coñece que tipo de esquema de conexión e medida necesitas para o teu autoconsumo en baixa tensión.
DescúbreoValidador do ficheiro de coeficientes de repartición para autoconsumos
Esta ferramenta permitirache verificar se o teu ficheiro de coeficientes de repartición para autoconsumos colectivos cumpre cos requisitos de formato necesarios.
Accede ao validador¿Qué es el CAU?
El Código de Autoconsumo (CAU) identifica de forma única el autoconsumo. Estará formado por el Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) de tu suministro de consumo, con 22 caracteres, seguido del código A y tres ceros. La distribuidora es la encargada de facilitártelo y es necesario en todas las solicitudes de autoconsumo para registrar tu instalación en tu Comunidad Autónoma. En nuestro caso, puedes obtenerlo a través de este sencillo formulario.
¿Qué es el CIL?
El CIL es el código de liquidaciones, que se utiliza para poder cuantificar y liquidar (cuando procede) el excedente de energía que genera una instalación. Estará formado por el Código Universal del Punto de Suministro (CUPS) de generación, completándolo con el código 001. La distribuidora será la encargada de facilitártelo cuando finalice el trámite de tu solicitud de conexión. Es necesario para liquidar los excedentes de producción en aquellos casos en los que no exista compensación. No obstante, nosotros te lo facilitaremos en todos los casos por si lo necesitas en el futuro.
Comproba se a túa instalación necesitará acceso e conexión e obtén o teu código de autoconsumo (CAU)
Proceso de acceso y conexión.
1
Realiza a túa solicitude
- Accede ao apartado As miñas subministracións da Área Privada. Rexístrate!
- Pedirémosche os seguintes datos:
- Persoais (nome, NIF, correo electrónico e teléfono)
- Datos do tipo de instalación e potencia
- Datos da central (nome, referencia catastral e potencia)
- Envíanos os documentos que che especificamos.
- Lembra que para que o proceso de solicitude sexa válido, a solicitude debe cumprir en todo momento os requisitos legais.
2
Te enviamos la propuesta previa y las condiciones económicas.
- Cando validemos a documentación, estudaremos a solicitude tendo en conta as características da túa instalación.
- Non esquezas que a túa instalación debe cumprir coa lexislación, os regulamentos e a documentación técnica vixente.
- Enviarémosche o punto de acceso e conexión.
3
Te comunicamos los permisos y ejecutamos las obras.
- Cuando aceptes el punto de acceso y conexión que te hayamos propuesto, te enviaremos los permisos de tu instalación.
- En caso de que sea necesario que ejecutemos alguna obra, te enviaremos el presupuesto y, una vez hayas realizado el pago, la ejecutaremos.
- Antes de revisar tu instalación, te solicitaremos la siguiente documentación:
- El CIE
- La revisión del informe 59N (para los casos de Media Tensión)
- La solicitud de conexión
4
Revisamos la instalación y obtén la autorización.
- Unha vez que a revisemos, poderás conectar a túa instalación.
- Non esquezas que terás que xestionar:
- o contrato técnico con UFD ou a túa distribuidora.
- o contrato de acceso coa túa comercializadora.
- Se es autoconsumo con potencia ≤ 100 kW, deberás inscribir o autoconsumo no correspondente rexistro da túa comunidade autónoma.
1
Realiza a túa solicitude
- Accede al apartado Mis suministros del Área Privada. ¡Regístrate!
- Te pediremos los siguientes datos:
- Personales (nombre, NIF, correo electrónico, teléfono)
- Datos del tipo de instalación
- Datos de la central (nombre, referencia catastral, potencia)
- Envíanos los documentos que te especificamos.
- No olvides abrir tu solicitud en un punto que cuente con capacidad suficiente de acceso para generación. Consulta la capacidad aquí
2
Te enviamos la propuesta previa y las condiciones económicas.
- Cando validemos a documentación, estudaremos a solicitude tendo en conta as características da túa instalación.
- En caso de que a instalación o requira segundo a lexislación actual, Red Eléctrica de España tennos que confirmar o acceso á rede de transporte. Consulta a documentación necesaria
- Enviarémosche o punto de acceso e conexión.
3
Te comunicamos los permisos y ejecutamos las obras.
- Cuando aceptes el punto de acceso y conexión que te hayamos propuesto, te enviaremos los permisos de tu instalación.
- En caso de que sea necesario que ejecutemos alguna obra, te enviaremos el presupuesto y, una vez hayas realizado el pago, la ejecutaremos.
- Necesitamos que nos envíes el proyecto detallado de tu instalación.
- Te comunicaremos la aprobación del proyecto.
- Y nos pondremos en marcha para ejecutar las obras.
4
Revisamos a instalación e obtén a autorización
- Cuando las obras estén finalizadas, comprobaremos la documentación para la puesta en marcha, revisaremos la instalación de medida, las protecciones y autorizaremos tu conexión.
- Además, realizaremos el contrato técnico de acceso, te enviaremos el Código de la instalación de producción a efectos de liquidación (CIL), el informe de medidas y el informe del gestor.
- En algunos casos, tendrás que firmar el contrato de servicios auxiliares. A continuación, podrás contactar con la empresa comercializadora que elijas. Tienes un listado de las comercializadoras en www.cnmc.es
O RDL 23/2020 estableceu un mecanismo de caducidade para os expedientes que conten cos permisos de acceso e conexión xa concedidos.
No caso de que o teu expediente xa teña os permisos concedidos, podes consultar a súa data de emisión na área privada e realizar as túas xestións.
Ademais, lembra que debes cumprir os requirimentos e obrigas que esixe a lexislación vixente para poder conectar a túa instalación.
Lexislación vixente
A continuación podes atopar unha lista con parte da lexislación aplicable.
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- Códigos de rede e Norma de Técnica de Supervisión de Xeradores
- Real decreto lei 23/2020
- Lei do sector eléctrico 24/2013do 26 de decembro
- Real decreto lei 15/2018
- Real decreto 1955/2000
- Real decreto 1110/2007 (Regulamento unificado de puntos de medida do sistema eléctrico)
- Circular 1/2021
- Resolución do 20 de maio de 2021 da CNMC
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- O Real decreto 1699/2011 aplica a:
- Todas as tecnoloxías en Baixa Tensión con potencia de ata 100 kW
- Coxeración, biogás e biomasa ata 1000 kW e tensión ata 36 kV
- O Real decreto 413/2014 aplica a:
- Todas as tecnoloxías con potencia de máis de 100 kW ou menor de 100 kW e tensión superior a 1 kV (agás coxeración, biogás e biomasa)
- Coxeración, biogás e biomasa de máis de 1000 kW ou tensión superior a 36 kV
- O Real decreto 244/2019aplica se es autoconsumo
- O Real Decreto 1183/2020, do 29 de decembro, de acceso e conexión ás redes de transporte e distribución de enerxía eléctrica
- O Real decreto 1699/2011 aplica a: